Normativa
Créditos de vivienda sin cuota inicial para damnificados del terremoto: qué dice el Decreto 1416 de 2026
Quienes perdieron su vivienda o la tienen afectada por el sismo del 10 de agosto pueden acceder a crédito sin cuota inicial ni hipoteca previa. Te explicamos quién aplica y cómo usarlo bien.
En esta guía · 6 secciones
Qué establece el decreto
El 17 de septiembre de 2026 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1416, que permite a los damnificados directos del terremoto del 10 de agosto acceder a créditos de vivienda sin cuota inicial y sin garantía hipotecaria previa.
La medida estará vigente durante 12 meses desde su implementación. Los créditos los otorgan bancos, compañías de leasing y cooperativas autorizadas.
Quién puede acceder
Aplica para damnificados directos del sismo que tengan la certificación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres o que demuestren el daño con medios verificables.
Cubre municipios de Antioquia, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca, además de otros municipios con daños documentados.
Para qué se puede usar el dinero
- Reparar una vivienda afectada.
- Reconstruir una vivienda dañada.
- Reemplazar una vivienda que quedó inhabitable.
- Comprar vivienda nueva o usada para sustituir la que se perdió.
Los recursos deben ser trazables y usarse solo para el fin aprobado.
Qué cambia frente a un crédito normal
En lugar de la hipoteca previa, la entidad puede aceptar otra garantía admisible, una cobertura del Estado o un mecanismo equivalente para cubrir el riesgo.
Si tu vivienda estaba asegurada, mientras se tramita la reclamación la entidad financiera no puede cobrar comisiones ni intereses de mora sobre la parte asegurada.
Antes de pedir el crédito: 4 preguntas
- ¿Sabes cuánto cuesta realmente reparar o reconstruir? Un presupuesto sin diagnóstico estructural suele quedarse corto.
- ¿Reparar es mejor que reemplazar? En algunos casos comprar otra vivienda sale más barato y más rápido.
- ¿Quién va a verificar que la obra avance antes de cada desembolso?
- ¿La cuota mensual cabe en tu presupuesto durante todo el plazo?
“Un crédito sin cuota inicial resuelve cómo empezar. No resuelve cuánto va a costar terminar.”
Lo que debes tener en cuenta
- Haz un diagnóstico estructural antes de pedir el crédito. Un sismo puede dejar daños que no se ven, y el monto que pidas debe cubrir la reparación completa, no solo lo visible.
- Pide un presupuesto detallado por rubros. Te sirve para negociar con la entidad y para controlar la obra después.
- Compara reparar con reemplazar. Si el costo de reparar se acerca al valor de la vivienda, puede convenir más usar el crédito para comprar otra.
- Guarda todos los soportes. Los recursos deben ser trazables: facturas, contratos y actas de avance.
- Revisa primero tu póliza de seguro. Si tu vivienda estaba asegurada, la reclamación puede cubrir parte del daño y reducir lo que necesitas financiar.
- El plazo es de 12 meses. El beneficio no es permanente, así que conviene iniciar el trámite pronto.
Fuente: Decreto 1416 de 2026 (texto oficial, Presidencia de la República) y El Tiempo. Consulta las condiciones finales con tu entidad financiera.
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